PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. CELOPRINT S.A. y ERWA S.A.




Promulgación: 07/06/1994
Publicación: 17/06/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: El planteo realizado por las firmas CELOPRINT S.A. y ERWA S.A.,
para que se extienda el plazo del Seguro por Desempleo.

   Resultando: I) que ambas firmas desarrollan en forma coordinada sus
actividades, siendo causal de pronunciamiento expreso del Banco de
Previsión Social la existencia de un conjunto económico.

  II) que en agosto de mil novecientos noventa y tres se produjo un serio
deterioro económico por lo que los apoderados de ambas empresas en
setiembre de ese año debieron enviar a casi la totalidad del personal de
dichas firmas al Seguro por Desempleo; finalizando los mismos a fines de
marzo de 1994;

   Considerando: I) que los esfuerzos realizados hasta el momento por las
empresas han tenido sus frutos; retomando a varios de sus trabajadores;

   II) que debido a las exportaciones a la República Argentina, que se han
comenzado a realizar el trabajo viene aumentando en forma paulatina, razón
por la cual se espera continuar reintegrando personal de ambas firmas.

   Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Artículo
Nº 10 del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

   El Presidente de la República

                  RESUELVE:

1

   Amplíase por el plazo de 60 (sesenta) días el amparo a los beneficios
que otorga el Banco de Previsión Social por el Seguro por Desempleo, a los
trabajadores de las firmas CELOPRINT S.A. y ERWA S.A. 

LACALLE HERRERA - GONZALO IRRAZABAL
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