RADIODIFUSION. AUTORIZACION PARA LA INSTALACION DEL SERVICIO DE RADIOBUSQUEDA DE PERSONAS. MONTEVIDEO, COLONIA Y PUNTA DEL ESTE




Promulgación: 24/07/1998
Publicación: 10/08/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 191
  VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por "CONECTEL DEL
URUGUAY S.A.", para que se le autorice a instalar y poner en
funcionamiento un servicio Comercial de "Radiobúsqueda de Personas" en las
ciudades de Montevideo, Colonia y Punta del Este.-

  CONSIDERANDO: I) que los sistemas de Radiobúsqueda de Personas
solicitados son de carácter comercial y digitales.-

  II) que la Dirección Nacional de Comunicaciones, no tiene objeciones que
formular al respecto.-

  ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada del Ministerio de
Defensa Nacional y a lo dispuesto por el Decreto 148/989 de 11 de abril de
1989, 68/995 de 14 de febrero de 1995 y 313/995 de fecha 15 de agosto de
1995.

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                               RESUELVE:

1

Autorízase a "CONECTEL DEL URUGUAY S.A.", a instalar y poner en
funcionamiento un servicio Comercial de "Radiobúsqueda de Personas", en
las ciudades de Montevideo, Colonia y Punta del Este.-

2

Las condiciones técnicas de funcionamiento del equipamiento, la
frecuencia de operación y el área de servicio serán establecidas por la
Dirección Nacional de Comunicaciones.-

3

Establécese que la presente autorización se otorga bajo el régimen de
libre concurrencia y tendrá vigencia por el término de diez años a partir
de la fecha de la presente Resolución, disponiendo de un plazo de tres
meses para presentar la documentación técnica y dos para la instalación de
los equipos.-

4

Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Comunicaciones, a sus efectos. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
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