Visto: la gestión de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y
Cultural de la Nación, en el sentido de declarar Monumento Histórico el
Instituto de Hlgiene "Profesor Arnoldo Berta".
Resultando: que se trata de una obra reaizada por el Arquitecto Carlos
Surraco, siendo el proyecto de 1933, habiéndose Inaugurado en 1951.
Considerando: I) Que constituye un ejemplo de Inspiración náutica, que
desde el Le Corbusier de "Hacia una Arquitectura", tanto atrajo a los
arquitectos modernos de las décadas de 1920 y 1930;
II) Que la tendencia horizontal del volumen se halla atenuada en la
fachada Norte, por una estructura "dentada", que parece repetir, a pequeña
escala, la fachada norte del Hospital de Clínicas, obra ésta, también
realizada por el profesional referido;
III) Que la fachada sur, ofrece un impacto visual más elocuente, dado que
la torre, que alberga las escaleras y ascensores, se yuxtapone al volumen
general, contraponiendo su maciza verticalidad expresionista a las
horizontales definidas por la alternancia de los antepechos y las franjas
de las ventanas.
Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la comisión
del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, Asesoría
Letrada del Ministerio de Educación y Cultura y a lo dispuesto por la ley
14.040 del 20 de octubre de 1971 y Decreto Reglamentario 536/72 del 12 de
agosto de 1972,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Declárase Monumento Histórico al Instituto de Higiene "Profesor
Arnoldo Berta", sito en la Avenida Doctor Alfredo Navarro 3051, padrón
26.371 ubicado en la Vigésimo Cuarta Sección Judicial de Montevideo.