Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento podrá cuando a
ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio, o a petición de parte, la
revocación de la declaratoria promocional, de conformidad con lo
dispuesto en el Art. 13 del decreto-ley Nº 14.178, de 28 de marzo de
1974, y demás disposiciones concordantes o que se establezcan.-