PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. INCUR S.A.




Promulgación: 10/07/1996
Publicación: 23/07/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteamiento efectuado por la Intendencia Municipal de Río
Negro, por la cual solicita la extensión del Seguro por Desempleo que
sirve el Banco de Previsión Social, a los trabajadores de la firma
INCUR S.A. que gira en el ramo "frigorífico".

Resultando: Que la referida Empresa se encuentra paralizada, ante una
situación coyuntural adversa, ajena a su producción que ha afectado a
la Industria Frigorífica Nacional; que determina la imposibilidad del
reintegro de sus trabajadores a su trabajo habitual en forma inmediata.

Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley
Nº 15.180.

II) Que resulta de interés general mantener una importante fuente de
trabajo, de vital importancia para el Departamento de Río Negro, ya que
de no accederse a la prórroga significaría un evidente problema de
carácter social.

III) Que resulta conveniente conceder una prórroga del Seguro por
Desempleo para los trabajadores de INCUR S.A. a efectos de permitir a
la Empresa seguir instrumentando las medidas para su reactivación y
mantenimiento de la fuente de trabajo.

Atento: A lo expuesto precedentemente y a lo preceptuado por el artículo
10 del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                       El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

     Extiéndese por el plazo de 60 (sesenta) días a contar desde los
respectivos vencimientos de amparo, el Seguro por Desempleo que abona
el Banco de Previsión Social, a los trabajadores de la firma INCUR S.A.,
que se encuentren en condiciones legales de acceder al mismo. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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