EXTENSION DE PLAZO PARA LA EXPLORACION DE HIDROCARBUROS CONFERIDA A FAVOR DE ANCAP




Promulgación: 03/07/2017
Publicación: 12/07/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la resolución del Poder Ejecutivo N° 65/012, de 22 de febrero de 2012;

   RESULTANDO: I) que por la resolución referida se designó un área en la zona de la cuenca norte del país, denominada "Bloque Pepe Núñez", para el desarrollo por parte de ANCAP de actividad exploratoria de hidrocarburos por el plazo de 5 años;

   II) que en el marco de la designación referida, ANCAP ha realizado a la fecha 8 perforaciones de estudio estratigráfico;

   III) que dicho ente tiene previsto realizar una perforación de estudio estratigráfico adicional en la región sudoeste del "Bloque Pepe Núñez", estimándose una profundidad del objetivo mayor a los 600 metros;

   CONSIDERANDO: I) que ANCAP informa respecto a atrasos que se dieron en el inicio de la actividad debido a temas administrativos;

   II) que el ente entiende conveniente prevenir la eventualidad de ocurrencias de situaciones climáticas que puedan enlentecer la operación, por lo que solicita que se extienda por 90 días el plazo otorgado por la resolución referida en el Visto;

   III) que hacer lugar a lo solicitado por ANCAP implica modificar el numeral 2° de la resolución N° 65/012, de 22 de febrero de 2012, por lo que el plazo para la actividad exploratoria pasará a ser de 5 años y 90 días;

   IV) que se entiende conveniente acceder a lo solicitado;

   ATENTO: A las facultades conferidas por el decreto-ley N° 15.242 (Código de Minería) de 8 de enero de 1982, y su modificativa, ley N° 18.813 de 23 de setiembre de 2011;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Extiéndese por 90 días el plazo para la exploración de hidrocarburos conferida a favor de ANCAP por la resolución N° 65/012, de fecha 22 de febrero de 2012.

   TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE
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