VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo (Interna N° 53) de 7 de abril de
2011;
RESULTANDO: que por la misma, se autorizó a la Cooperativa de Trabajo "Su
Emergencia", la creación de un Seguro Parcial de Emergencia Médica con
Unidades Móviles Terrestres, la cual abarca las poblaciones de la ciudad
de Pando, Pueblo Capitán Artigas; Villa Olmos y Pueblo Empalme Olmos;
CONSIDERANDO: I) que dicha Cooperativa, solicitó una extensión de zona, a
la ciudad de Joaquín Suarez;
II) que la Dirección General del Sistema Nacional Integrado de Salud y la
División Habilitación Sanitaria del Ministerio de Salud Pública, otorgan
su aval a la ampliación de la Resolución referida en el VISTO, a efectos
de ampliar el área de cobertura de "Seguro Parcial" hasta la ciudad de
Suarez;
III) que en virtud de lo informado, corresponde proceder en consecuencia;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y lo establecido en la Ley 9.202-
Orgánica de Salud Pública- de 12 de enero de 1934 y a lo dispuesto por el
Decreto N° 455/001 de 22 de noviembre de 2001 y Decreto N° 309/008 de 24
de junio de 2008.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo (Interna N° 53) de 7 de abril
de 2011, autorizando a la Cooperativa de trabajo "Su Emergencia" Seguro
Parcial de Emergencia Médica con Unidades Móviles Terrestres, la extensión
del área de cobertura hasta la zona de la ciudad de Joaquín Suarez,
Departamento de Canelones.
Para su funcionamiento el referido servicio, deberá recabar del
Ministerio de Salud Pública, la correspondiente Habilitación, dando
cumplimiento a las exigencias previstas por el Decreto N° 309/008 de 24 de
junio de 2008 y demás normas concordantes, modificativas y
complementarias.