VISTO: la gestión del "Banco Sudameris", solicitando autorización para
aumentar el capital asignado a su sucursal en la República Oriental del
Uruguay hasta la suma de $ 380:571.930,44 (pesos uruguayos trescientos
ochenta millones quinientos setenta y un mil novecientos treinta con
44/100).-
RESULTANDO: I) que el referido aumento de capital fue resuelto con fecha
2 de mayo de 2000 por el Director General del Banco gestionante en su
casa matriz, debidamente autorizado por Resolución del Consejo de
Administración de 13 de abril de 2000.-
II) que los organismos asesores correspondientes produjeron sus
respectivos dictámenes favorables a la aprobación de la referida
solicitud.-
CONSIDERANDO: lo establecido por el artículo 4º numeral 5º del Decreto Nº
574/974, de 12 de julio de 1974, artículo 411º de la Ley Nº 13.892, de 19
de octubre de 1970, Decreto-Ley Nº 15.322, de 17 de setiembre de 1982 y
disposiciones concordantes y complementarias.-
ATENTO: a lo informado por el Banco Central del Uruguay, la Auditoría
Interna de la Nación y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Apruébase el aumento del capital de la sucursal en la República Oriental
del Uruguay del "Banco Sudameris", el que queda fijado en $
380:571.930,44 (pesos uruguayos trescientos ochenta millones quinientos
setenta y un mil novecientos treinta con 44/100).-