MODIFICACION DE LA TITULARIDAD DE ACCIONES. EMPRESA TURIL S.A.




Promulgación: 24/09/2007
Publicación: 01/10/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 784
VISTO: las gestiones promovidas por la empresa TURIL S.A. tendientes a la
aprobación de modificaciones operadas en la titularidad de las cuotas
sociales de la referida sociedad comercial.

RESULTANDO: I) Que una de las referidas modificaciones está referida a las
acciones de las que era titular el señor Héctor Carlos Angüilla (10% del
total), las que adquirieron por modo compra venta los actuales socios
accionistas, con fecha 27 de mayo de 2007, según se acredita mediante
certificado notarial de la misma fecha.

II) Que la otra de las referidas modificaciones está referida al cambio de
titularidad de las acciones de la que era titular el accionista Rafael
Luis Bertrin Ferrero, las que por modo sucesión pasaron a sus hijos
legítimos Andrea y Germán Bertrin Camiruaga, como únicos y universales
herederos declarados judicialmente, todo lo cual se acredita mediante
testimonio de protocolización de: un Acta de solicitud de la empresa,
testimonio por exhibición del Acta del Directorio Nº 1004, un certificado
notarial expedido por la Esc. Andrea Fernándeaz y el Acta de
Protocolización de fecha 21 de marzo de 2007.

III) Que la empresa es concesionaria de servicios regulares de transporte
colectivo de pasajeros por carretera, con concesión vigente.

IV) Que la firma invoca como fundamento para solicitar la aprobación de
las modificaciones de la titularidad de las acciones indicadas en los
documentos antes indicados, en un caso, el acogimiento a los beneficios
jubilatorios del accionista señor Angüilla y, en el otro caso, el
fallecimiento del accionista señor Rafael Bertrin.

CONSIDERANDO: I) Que la Administración entiende que el fundamento invocado
por la empresa en ambos casos ingresa en las excepciones previstas en el
artículo 9.2 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 285/006 de 22 de
agosto de 2006, considerándose suficientemente acreditados los extremos
habilitantes.

II) Que asimismo entiende que con la aprobación de las modificaciones
operadas, no se modifican las condiciones operativas, por lo que no se
desvirtúa el objetivo previsto en el literal g), artículo 1.2 del
Reglamento citado.

III) Que se cumplen con las condiciones necesarias para habilitar la
excepción prevista en el citado artículo 9.2.

IV) Que tanto los servicios jurídicos de la Dirección Nacional de
Transporte como del Ministerio de Transporte y Obras Públicas se
expidieron sin objeciones jurídicas al respecto.

ATENTO: A lo dispuesto por el Reglamento aprobado por el Decreto Nº
285/006 de 22 de agosto de 2006.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la modificación de la titularidad de las acciones cuyo titular
era el señor Héctor Carlos Angüilla, a favor de los restantes accionistas
de la empresa TURIL S.A. y a prorrata de sus respectivos capitales
accionarios, según lo acreditado mediante certificación notarial y de
contador, documentos que lucen agregados a estos antecedentes.

TABARE VAZQUEZ - VICTOR ROSSI 
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