El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la propuesta enviada por la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología;
RESULTANDO: I) que la misma refiere a la creación de un espacio consultivo de alta especialización, el que aportará visiones provenientes de diversos ámbitos nacionales en materia de ciencia y tecnología;
II) que en el sentido indicado precedentemente, se propone un Consejo Científico Asesor integrado por seis miembros: el Secretario Nacional de Ciencia y Tecnología, que lo presidirá; los restantes miembros serán designados por el Presidente de la República, entre los cuales dos serán nombrados directamente por el mismo, y los tres restantes a propuesta de la Universidad de la República, el Consejo Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología y la Academia Nacional de Ciencias respectivamente.
CONSIDERANDO: que el espacio consultivo propuesto favorecerá el cumplimiento de los cometidos asignados a la Secretaría, apoyando con su conocimiento científico las propuestas de políticas que la misma realice, de planes, detección de necesidades, así como del seguimiento y evaluación permanente.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015, Ley 19.472 de 23 de diciembre de 2016 y Decreto 324/017 de 10 de noviembre de 2017;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Créase un Consejo Científico Asesor de la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, de carácter honorario, que constituirá un espacio consultivo de alta especialización en los temas de incumbencia de la Secretaría.
El Consejo Científico Asesor se integrará por seis miembros: el Secretario Nacional de Ciencia y Tecnología, que lo presidirá; los restantes miembros serán designados por el Presidente de la República, entre los cuales dos serán nombrados directamente por el mismo, y los tres restantes a propuesta de la Universidad de la República, el Consejo Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología y la Academia Nacional de Ciencias respectivamente.
El Consejo asesorará a la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, sesionando periódicamente a tal efecto, pudiendo invitar a participar a otros actores relevantes para el tratamiento de temas específicos.