HONRAS FUNEBRES. ARQUITECTO MANUEL ANTONIO ROMAY




Promulgación: 09/08/1999
Publicación: 18/08/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 325
VISTO: que el día 9 de agosto del corriente año falleció el señor
Arquitecto Manuel Antonio Romay;

RESULTANDO: que el citado ciudadano desempeñó, entre otros, los cargos de
Ministro de Estado y de Presidente de la Administración de las Obras
Sanitarias del Estado;

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 14.458 de 11
de noviembre de 1975 y Decreto 354/991 de 25 de junio de 1991;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Tribútense honores fúnebres de Ministro de Estado a los restos mortales
del señor Arquitecto Manuel Antonio Romay.

2

 Los gastos del sepelio serán de cargo del Tesoro Nacional, conforme al
inciso 1º del artículo 1º del Decreto 354/991 de 25 de junio de 1991.

3

 Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, etc.

SANGUINETTI - GUILLERMO STIRLING - LUIS MOSCA - JUAN LUIS STORACE
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