Autorízase a la empresa ROMALUR S.A. (Complejo Turístico FOUR POINTS BY SHERATON MONTEVIDEO) a usufructuar las exoneraciones previstas en el artículo 3º Inciso 1º del Decreto Nº 291/995, (otorgamiento de un crédito por el Impuesto al Valor Agregado incluido en la adquisición en plaza de bienes y servicios destinados a la construcción, infraestructura y obra civil por hasta un monto imponible de U$S 5:839.196 (dólares americanos cinco millones ochocientos treinta y nueve mil ciento noventa y seis).
(*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 730/005 de 30/05/2005 numeral 2.
TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 630/999 de 09/08/1999 numeral 3.