VISTO: la solicitud de la empresa TERMINAL CUENCA DEL PLATA S.A.,
referente a la prestación de servicios dentro del Puerto de Montevideo
como terminal de carga de contenedores, con la finalidad de obtener la
declaratoria promocional para la actividad que se propone realizar según
su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales;
RESULTANDO: el proyecto presentado tiene como objetivo la construcción de
un muelle y la ampliación de la playa de contenedores del Puerto de
Montevideo;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizados por el Ministerio de Economía y Finanzas,
decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios
establecidos en la citada Ley;
II) que el proyecto presentado por TERMINAL CUENCA DEL PLATA S.A. da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
TERMINAL CUENCA DEL PLATA S.A., referente a la prestación de servicios
dentro del Puerto de Montevideo como terminal de carga de contenedores.