REGULACION DE CALIFICACION Y ASCENSOS PARA FUNCIONARIOS PRESUPUESTADOS DE PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA




Promulgación: 04/05/1977
Publicación: 13/05/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 834
  Visto: el decreto 253/974 de fecha 29 de marzo de 1974, dictado por la
Presidencia de la República.

  Considerando: que todos los funcionarios presupuestados del Inciso 2,
Presidencia de la República, por ser funcionarios de carrera, están
sujetos a las normas de calificación y ascensos establecidas por el Poder
Ejecutivo para la Administración Central.

  Atento: a lo establecido en el artículo 663º de la ley 14.106, del 14 de
marzo de 1973, y en los decretos 902/973, 903/973, del 24 de octubre de
1973,

                       El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

   Declárase que los cargos presupuestados del Inciso 2, Presidencia de la
República, están sujetos a las normas de calificación y ascensos
establecidas por el Poder Ejecutivo para la Administración Central.

2

   Déjase sin efecto toda disposición que con carácter especial se haya
dictado por la Presidencia de la República en esta materia y, en
particular, revócase el acto administrativo dictado por la Presidencia de
la República de fecha 29 de marzo de 1974 y que fuera publicado con el
número de decreto 253/974.

3

   Comuníquese a todas las Unidades Ejecutoras del Inciso, etc.

  MENDEZ
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