TRANSFERENCIA DE FRECUENCIA DE RADIODIFUSION. FRECUENCIA 94.7 MHZ. MONTEVIDEO




Promulgación: 17/10/1989
Publicación: 14/03/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
   Visto: la solicitud formulada por el señor Daniel Branaa Formento,
titular de la frecuencia 94,7 MHz, en la que opera la difusora CXD 234 FM
de Montevideo, tendiente a que se autorice su desvinculación de la misma y
la transferencia de dicha frecuencia a favor de una Sociedad Anónima
integrada por los señores Antonio Rupenian Bochguezenian y María Meyber
Bichakdjian Altounian.

   Considerando: que quienes proponen asumir la titularidad de la citada
onda, son los actuales titulares de la difusora CX50 de Montevideo,
habiendo dado cumplimiento, por tanto, a lo dispuesto en el decreto
734/978 del 20 de diciembre de 1978.

   Atento: a lo establecido por el artículo 1° del decreto ley 14.670 de
fecha 23 de junio de 1977, artículos 15 y 16 del decreto 734/978 de fecha
20 de diciembre de 1978 y a lo informado por la Dirección Nacional de
Comunicaciones,

   El Presidente de la República

                  RESUELVE:

1

   Autorízase al señor Daniel Branaa Formento a desvincularse de la
titularidad de la frecuencia 94,7 MHz en la que opera la difusora CXD 234
FM de Montevideo, transfiriendo la misma a favor de una Sociedad Anónima
integrada por los señores Antonio Rupenian Bochguezenian y María Meyber
Bichakdjian  Altounian. 
Referencias al numeral

2

   Establécese que los señores Antonio Rupenian y María Bichakdjian
deberán demostrar en un plazo de 120 días y ante la Dirección Nacional de
Comunicaciones haber constituido la Sociedad Anónima con acciones
nominativas.  

3

   Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de
Comunicaciones a sus efectos. 

SANGUINETTI - HUGO M. MEDINA
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