Visto: la solicitud formulada por el señor Daniel Branaa Formento,
titular de la frecuencia 94,7 MHz, en la que opera la difusora CXD 234 FM
de Montevideo, tendiente a que se autorice su desvinculación de la misma y
la transferencia de dicha frecuencia a favor de una Sociedad Anónima
integrada por los señores Antonio Rupenian Bochguezenian y María Meyber
Bichakdjian Altounian.
Considerando: que quienes proponen asumir la titularidad de la citada
onda, son los actuales titulares de la difusora CX50 de Montevideo,
habiendo dado cumplimiento, por tanto, a lo dispuesto en el decreto
734/978 del 20 de diciembre de 1978.
Atento: a lo establecido por el artículo 1° del decreto ley 14.670 de
fecha 23 de junio de 1977, artículos 15 y 16 del decreto 734/978 de fecha
20 de diciembre de 1978 y a lo informado por la Dirección Nacional de
Comunicaciones,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Autorízase al señor Daniel Branaa Formento a desvincularse de la
titularidad de la frecuencia 94,7 MHz en la que opera la difusora CXD 234
FM de Montevideo, transfiriendo la misma a favor de una Sociedad Anónima
integrada por los señores Antonio Rupenian Bochguezenian y María Meyber
Bichakdjian Altounian.
Establécese que los señores Antonio Rupenian y María Bichakdjian
deberán demostrar en un plazo de 120 días y ante la Dirección Nacional de
Comunicaciones haber constituido la Sociedad Anónima con acciones
nominativas.