DETERMINACION EN FAVOR DE OSE UNA RESERVA DE AGUA EN LA CAÑADA EL INFIERNILLO. AFLUENTE DEL RIO TACUARI. CUENCA DE LA LAGUNA MERIN




Promulgación: 19/12/2011
Publicación: 02/01/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1569
VISTO: la gestión promovida por la Administración de las Obras Sanitarias
del Estado (OSE), por la cual se solicita una reserva de un determinado
volumen de agua, de la Cañada El Infiernillo, Afluente del Río Tacuarí, en
la Cuenca de la Laguna Merin;

RESULTANDO: I) que el Ente Estatal, pretende construir una obra hidráulica
de embalse de aguas de dominio público, que garantice, entre otros fines,
el abastecimiento de agua potable, en la ciudad de Melo;

II) que los informes técnicos y jurídicos de la Dirección Nacional de
Aguas, son contestes con el otorgamiento de la reserva solicitada;

CONSIDERANDO: I) que la Administración de las Obras Sanitarias del Estado
(OSE), tiene entre sus cometidos la prestación del servicio de agua
potable en todo el territorio de la República (artículo 2 de la ley
fundacional N° 11.907, de 19 de diciembre de 1952);

II) que el Artículo 47 de la Constitución de la República reconoce al
abastecimiento de agua potable a la población como la principal prioridad
de uso de los recursos hídricos;

III) que por el artículo 3° numeral 2° de la Ley 14.859, de fecha 15 de
diciembre de 1978 (Código de Aguas), el Poder Ejecutivo se encuentra
facultado para decretar reservas;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto:

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Establécese en favor de la Administración de las Obras Sanitarias del
Estado (OSE), una reserva de agua por un volumen total de 8.313.500 m3 en
la Cañada El Infiernillo, Afluente del Río Tacuarí, en la Cuenca de la
Laguna Merin.-

2

 La obra hidráulica a construirse podrá captar aguas de escurrimiento
superficial, permitiendo entre otros fines, atender la demanda de agua
potable de la ciudad de Melo y zonas aledañas.-

3

 Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Aguas para su
inscripción y demás efectos.-

JOSÉ MUJICA - GRACIELA MUSLERA
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