DELEGACION DE ATRIBUCIONES. MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS. PEAJES




Promulgación: 12/04/2002
Publicación: 19/04/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 534
   
VISTO: la situación planteada en el ámbito del Mercosur respecto de la 
desigualdad existente en los diferentes regímenes de cobro de peajes;

RESULTANDO: que se ha comprobado la aplicación de medidas 
discriminatorias que generan desigualdades entre los transportistas 
nacionales y extranjeros en las operaciones de transporte terrestre como 
es el caso de la República Argentina;

CONSIDERANDO: I) que se hace necesario preservar las condiciones de 
competitividad entre todos los operadores de transporte en el ámbito del 
Mercosur;

II) que para evitar nuevas asimetrías en el precio de los servicios 
corresponde disponer medidas a nivel nacional;

III) que dichas medidas deben quedar sin efecto una vez eliminadas las 
normas discriminatorias que originaran la actual distorsión de la 
competitividad;

IV) que por razones de buena administración y en virtud de la celeridad 
con que deben adoptarse dichas medidas, se entiende conveniente delegar 
en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas la facultad de fijar 
precios diferenciados de los peajes que deberán pagar los vehículos 
extranjeros de transporte internacional de pasajeros y cargas teniendo en 
cuenta el principio de reciprocidad establecido en el Acuerdo sobre 
Transporte Internacional Terrestre (ATIT);

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168, numeral 24 de 
la Constitución de la República, artículo 218 de la Ley Nº 13.637 de 21 
de diciembre de 1967 y artículo 3º literal C) del Decreto-Ley Nº 15.637 
de 28 de setiembre de 1984;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                     Actuando en Consejo de Ministros                     
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Delégase en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas la facultad de 
aumentar los precios de los peajes que deban pagar los vehículos 
extranjeros de transporte internacional de pasajeros y cargas teniendo en 
cuenta el principio de reciprocidad establecido en el Acuerdo sobre 
Transporte Internacional Terrestre (ATIT), durante el período en que se 
apliquen medidas discriminatorias.
Referencias al numeral

HIERRO LOPEZ - GUILLERMO STIRLING - GUILLERMO VALLES - ALBERTO BENSION - LUIS BREZZO - JOSE CARLOS CARDOSO - LUCIO CACERES - SERGIO ABREU - ALVARO ALONSO - ALFONSO VARELA - GONZALO GONZALEZ - JUAN BORDABERRY - CARLOS CAT - JAIME TROBO


Ayuda