Visto: la gestión de "Centro Hispano Banco (Uruguay) S.A." solicitando
autorización para la reforma de sus estatutos sociales.-
Resultando: que por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la
referida institución, celebrada el 24 de abril de 1997, se resolvió
modificar el artículo 1º de su estatuto social, disponiendo el cambio de
denominación por "EUROBANCO S.A.".-
Considerando: I) que los organismos asesores correspondientes produjeron
sus respectivos dictámenes favorables a la aprobación de la referida
solicitud.-
II) lo establecido por el artículo 411º de la Ley Nº 13.892, de 19 de
octubre de 1970, artículo 4º, numeral 5º del Decreto Nº 574/974, de 12 de
julio de 1974, Decreto-Ley Nº 15.322, de 17 de setiembre de 1982 y
disposiciones concordantes y complementarias.-
Atento: a lo informado por el Banco Central del Uruguay, la Auditoría
Interna de la Nación y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas.-
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Apruébase la modificación del artículo 1º del estatuto social de
"Centro Hispano Banco (Uruguay) S.A." el que quedará redactado de la
siguiente manera:
"Artículo 1º: (Nombre). Con el nombre de EUROBANCO S.A., se constituye una
sociedad anónima, la cual se regirá por las disposiciones de los presentes
Estatutos y del ordenamiento legal vigente, en especial, por el Decreto
Ley Nº 15.322, de 17 de setiembre de 1982, sus modificativos y
concordantes".-