VISTO: la solicitud de autorización de la gestión de transferencia de
acciones de la sociedad anónima denominada PORTAN S.A. permisionaria del
servicio de radiodifusión que opera en la frecuencia 1.130 KHz de la
ciudad de Montevideo, emisora CX 30 "Radio Nacional".
RESULTANDO: I) Que de acuerdo a la Resolución del Poder Ejecutivo N°
77.182 del 26 de enero de 1999 se le otorgó a la sociedad anónima PORTAN
S.A el permiso para la prestación del servicio mencionado, estando
integrada por la Sra. Marina Susana Recoba y el Sr. Juan M. Arregui
García;
II) que en virtud del negocio jurídico de compraventa de acciones de fecha
17 de octubre de 2008, los Sres. Juan M. Arregui García y Marina Susana
Recoba vendieron al Sr. Mateo Grille el 100% del paquete accionario de la
sociedad PORTAN S.A.;
III) que posteriormente, a fin de que existiera en la sociedad pluralidad
de accionistas, Mateo Grille trasmitió por endoso gratuito, el 1% de las
acciones de la referida sociedad a su cónyuge separada judicialmente de
bienes, Sra. Fátima Martínez.
CONSIDERANDO: I) Que se han acreditado debidamente los negocios de
transferencia respectivos;
II) que los citados accionistas de PORTAN S.A cumplen con los requisitos
exigidos por los artículos 8 y 9 del Decreto N° 734/978 de 20 de diciembre
de 1978;
III) que se ha acreditado estar al día con las obligaciones ante la
Dirección General Impositiva y el Banco de Previsión Social;
IV) que de acuerdo a lo Informado por la Unidad Reguladora de Servidos de
Comunicaciones la estación radiodifusora se encuentra operando con
emisiones regulares;
V) que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones aconseja la
aplicación de una sanción por la comisión de falta administrativa,
determinada en consideración a la entidad de la misma y a los antecedentes
de la emisora, y sin perjuicio de autorizar la transferencia de acciones
solicitada.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por el Decreto-Ley
14.670 de 23 de junio de 1977, Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, Ley
16.060 del 4 de setiembre de 1989; los Decretos 734/978 de 20 de diciembre
de 1978, 353/006 de 2 de octubre de 2006, 347/992 de 21 de julio de 1992 y
155/005 de 9 de mayo de 2005, lo informado por la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y
Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Autorízase la transferencia de acciones de la sociedad anónima denominada
PORTAN S.A. permisionaria del servicio de radiodifusión que opera en la
frecuencia 1.130 KHz de la ciudad de Montevideo, emisora CX 30 "Radio
Nacional" a favor de Mateo Grille Coronel y Fátima Martínez; quedando la
sociedad integrada de la siguiente forma: Mateo Grille Coronel con el 99%
(noventa y nueve por ciento) de las acciones y Fátima Martínez con el 1%
(uno por ciento) restante.
Otórgase un plazo de 30 días corridos contados a partir de la
notificación de este acto, a los efectos de que los nuevos accionistas
acrediten la inscripción de los negocios en el libro de registro de
acciones respectivo.