CESION DE CUOTAS SOCIALES. TELEVISION. SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA S.A.




Promulgación: 01/03/1988
Publicación: 07/06/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: estas actuaciones en las cuales la Dirección Nacional de 
omunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por el señor Haroldo Rapalini Literas, tendiente a transferir la titularidad de parte de las acciones que posee en "Sociedad Televisora Larrañaga S.A.", titular de Canal 12 TV de Montevideo, a favor del señor Pedro Nicolás Baridón Solari.

   Resultando: que en este caso es de estricta aplicación el artículo 1° del decreto ley 14.670 de 23 de junio de 1977, así como también lo expresado en los Considerandos de la resolución 52.007 del 13 de julio de 1977, que tiene por origen los fundamentos expuestos al sancionarse dicho decreto ley.

   Considerando: que quien se propone asumir la titularidad de dichas acciones ha demostrado poseer las condiciones establecidas en el decreto 734/978 del 20 de diciembre de 1978.

   Atento: a lo que surge de las normas citadas.
  
   El Presidente de la República

                             RESUELVE:

1

   Autorízase la transferencia de parte de las acciones de la "Sociedad Televisora Larrañaga S.A.", titular de Canal 12 TV de Montevideo, pertenecientes al señor Haroldo Rapalini Literas, a favor del señor Pedro Nicolás Baridón Solari.

2

   Establécese por tanto que el señor Pedro Nicolás Baridón Solari, pasa 
a integrar la nómina de tenedores de acciones de "Sociedad Televisora 
Larrañaga S.A", aprobada por resolución 568/979 de 20 de marzo de 1979.

3

   Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Comunicaciones a sus efectos.-

SANGUINETTI - Tte Gral HUGO M MEDINA
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