Visto: la resolución 38/987, de 30 de enero de 1987, que declaró
Monumento Histórico la Vivienda Leborgne, sito en la calle Trabajo 2773,
Padrón Nº 169.540 y la vivienda Paysée Reyes, sita en Santander 1725,
padrón Nº 173.176.
Considerando: que resulta conveniente dejar sin efecto la resolución
mencionada en virtud de que no existen en la actualidad disponibilidad
de rubros para atender las erogaciones resultantes de dicha declaración.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Comuníquese a la Dirección General del Catastro Nacional, al Registro
General de Inhibiciones (Sección Reivindicaciones), a la Intendencia
Municipal de Montevideo (Dirección de Arquitectura y Dirección del Plan
Regulador), al Ministerio de Transporte y Obras Públicas (Dirección de
Arquitectura y Dirección de Vialidad), al Ministerio de Educación y
Cultura, a la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de
la Nación y a los propietarios de los inmuebles mencionados en el Visto de
la presente resolución.