El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: estos antecedentes relacionados con la inhabilitación de la firma CABO LTDA., como empresa operadora de servicios portuarios y por consiguiente su correspondiente anotación en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios;
RESULTANDO: I) que la firma CABO LTDA., fue habilitada para prestar servicios en el Grupo "Al Buque" en las categorías: "Amarre y Desamarre" y "Cualesquiera otros, directos o indirectos o conexos que se puedan prestar a las embarcaciones o artefactos navales y a sus tripulaciones", en el Puerto de Montevideo, mediante Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 3 de agosto de 2009;
II) que la referida firma, por nota de fecha 7 de enero de 2020, solicita su inhabilitación como empresa prestadora de servicios portuarios en las precitadas categorías, y su consiguiente anotación en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios;
III) que la Administración Nacional de Puertos, a través de la Resolución de su Directorio N° 121/4.023 de fecha 28 de febrero de 2020, procedió a inhabilitar a la empresa CABO LTDA., supeditado ello a la aprobación del Poder Ejecutivo;
IV) que el Departamento Asesoría Letrada del Área Servicios Jurídicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas indica que no existen obstáculos de índole jurídico para la inhabilitación promovida, por lo que procede dictar resolución aprobando lo actuado por el citado Servicio Descentralizado;
CONSIDERANDO: los informes precedentes;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 16.246 de fecha 8 de abril de 1992 y por el Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
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Apruébase la Resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos N° 121/4.023 de fecha 28 de febrero de 2020, por la cual se inhabilita a la firma CABO LTDA., para prestar servicios portuarios en el Grupo "Al Buque" en las categorías: "Amarre y Desamarre" y "Cualesquiera otros, directos o indirectos o conexos que se puedan prestar a las embarcaciones o artefactos navales y a sus tripulaciones" en el Puerto de Montevideo, y por consiguiente su correspondiente anotación en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.