VISTO: la propuesta elevada por el Ministerio de Relaciones Exteriores;
CONSIDERANDO: que el señor Ministro de Relaciones Exteriores de la
República del Paraguay, Don Juan Esteban Aguirre; señor Ministro de
Industria y Comercio, Don Euclides Acevedo; señor Ministro de Salud
Pública y Bienestar Social, Don Martín Chiola; señor Ministro Secretario
General de la Presidencia de la República, Don Jaime Bestard; señor
Embajador de la República del Paraguay en la República Oriental del
Uruguay, Don Horacio Nogués; señor Director General de Ceremonial de
Estado, Embajador Lincoln Alfieri y señor Jefe del Gabinete Militar de la
Presidencia de la República, Contralmirante Julián Paredes, son
personalidades relevantes que han desarrollado una intensa y entusiasta
labor para el acercamiento de los pueblos uruguayo y paraguayo;
ATENTO: lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley 16.300 de fecha 28 de
agosto de 1992 y sus correspondientes reglamentos;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Entréguese la Medalla de la República Oriental del Uruguay al señor
Ministro de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay, Don Juan
Esteban Aguirre; señor Ministro de Industria y Comercio, Don Euclides
Acevedo; señor Ministro de Salud Pública y Bienestar Social, Don Martín
Chiola; señor Ministro Secretario General de la Presidencia de la
República, Don Jaime Bestard; señor Embajador de la República del
Paraguay en la República Oriental del Uruguay, Don Horacio Nogués; señor
Director General de Ceremonial de Estado, Embajador Lincoln Alfieri y
señor Jefe del Gabinete Militar de la Presidencia de la República,
Contralmirante Julián Paredes.