Visto: la solicitud de la firma Frigorífico Tacuarembó S.A. tendiente a
que se le autorice a importar el equipamiento que detalla al amparo de la
resolución del Poder Ejecutivo del 11 de julio de 1984, por la cual fuera
declarado de Interés Nacional el proyecto de inversión presentado por
dicha empresa.
Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial considera que
puede accederse a lo solicitado puesto que el equipamiento de referencia
es complementario del proyecto de inversión declarado de Interés Nacional.
Atento: a lo informado por el Centro Nacional de Política y Desarrollo
Industrial y Unidad Asesora de Promoción Industrial, lo dictaminado por la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y Energía y lo establecido
en el decreto ley 14.178, del 28 de marzo de 1974,
El Presidente de la República,
RESUELVE:
1
Amplíase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 11 de julio de 1984,
-por la cual se declara de Interés Nacional la actividad del proyecto de
inversión presentado por Frigorífico Tacuarembó S.A.-, en el sentido de
incluir dentro del material exonerado en el numeral 2º de dicha resolución
el siguiente equipamiento "no competitivo de la industria nacional": un
(1) conjunto de repuestos para equipamiento frigorífico, incluyendo
repuestos para compresores, bomba de amoníaco y otros equipos y
equipamiento para generación de frío con repuestos y accesorios incluyendo
cuatro condensadores evaporativos, cinco enfriadores tipo tubo-carcaza, un
separador vertical, tres evaporadores, un separador de aceite, motores,
registros y demás componentes.
SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - ALBERTO RODRIGUEZ NIN - LUIS MOSCA -
PEDRO BONINO GARMENDIA