Amplíase asimismo la citada resolución en el sentido de incluir dentro
del material exonerado en el numeral 3º de dicha resolución, el siguiente
equipamiento "no competitivo de la industria nacional": un (1)
semirremolque frígorífico, revestido en chapas de plástico, aislamiento de
poliuretano, con tres ejes, neumáticos, equipo de refrigeración con
accionamiento eléctrico y por motor diesel y demás componentes.