VISTO: la gestión promovida por la empresa BioEner;
RESULTANDO: que por la misma solicita autorización para generar energía
eléctrica en modo de generador, de acuerdo a lo previsto por los artículos
53 y 54 del Reglamento de Mercado Mayorista de Energía Eléctrica;
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido por el art. 53,
siguientes y concordantes del "Reglamento de Mercado Mayorista de Energía
Eléctrica" aprobado por Decreto 360/002 de 14 de setiembre de 2002, es
cometido del Poder Ejecutivo autorizar todo emprendimiento de generación;
II) que en opinión de la Dirección Nacional de Energía y Tecnología
Nuclear y la Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua (URSEA)
creada por Ley Nº 17.598 de 13 de diciembre de 2002, el presente petitorio
cumple con los requisitos exigidos por la normativa vigente;
ATENTO: a lo expuesto, lo previsto por el Decreto Ley Nº 14.694 de 1º de
setiembre de 1977 y el Decreto Ley Nº 15.031 de 4 de julio de 1980, con
las modificaciones introducidas por la Ley Nº 16.211 de 1º de octubre de
1991 y la Ley Nº 16.832 de 17 de junio de 1997, y lo informado por la
Asesoría Jurídica;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE: