VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Comunicaciones
por la cual la señora María Helena Rodríguez Larreta Möller, solicita
autorización para que le sean transferidas las acciones que pertenecían
al señor Daniel Eduardo Rodríguez Larreta Requena, en la SOCIEDAD
TELEVISORA LARRAÑAGA S.A., titular de Canal 12 de TV de Montevideo.-
RESULTANDO: que por la Resolución del Poder Ejecutivo 568/979 de fecha 20
de marzo de 1979, se dictaron normas referentes a los tenedores de
acciones de la SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA S.A., determinando los
mismos en su numeral 4º, entre los cuales se incluye al señor Daniel
Eduardo Rodríguez Larreta Requena.-
CONSIDERANDO: I) que el mencionado señor Daniel Eduardo Rodríguez Larreta
Requena, falleció el día 10 de agosto de 1993.-
II) que surge acreditada en autos, la calidad de única y universal
heredera del causante, su hija María Helena Rodríguez Larreta Möller, así
como la porción conyugal asignada a la cónyuge supérstite, señora María
Cristina Toscano Hermida.-
III) que la gestionante ha dado cumplimiento a todos los extremos
previstos en lo dispuesto por el artículo 8 del Decreto 734/78 de 20 de
diciembre de 1978.-
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto en el numeral 1ro.
del artículo 3ro. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984 en la
redacción dada por el artículo 8vo. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre
de 1991 y artículo 8 del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, a lo
informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones y por la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase la transferencia de acciones que pertenecían al señor Daniel
Eduardo Rodríguez Larreta Requena, en la SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA
S.A., titular de Canal 12 de TV de Montevideo, a favor de la señora María
Helena Rodríguez Larreta Möller.