VISTO: la gestión de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación
tendiente a rectificar la Resolución del Poder Ejecutivo Nº 224 (+) del 23
de diciembre de 1997 en la cual se identificó erróneamente al padrón en
mayor área fracción "A", padrón 3.916 del Monumento Histórico de la
antigua Compañía de Aguas Corrientes ubicado en la manzana delimitada por
las calles Rincón, Zabala, Sarandí, Alzáibar, Plaza Zabala y
Circunvalación Durango, (lado este) de la ciudad de Montevideo;
RESULTANDO: I) que la Resolución Nº 1.337/997 del 23 de diciembre de 1997
mantiene la calidad de Monumento Histórico del edificio que perteneciera
a la Compañía de Aguas Corrientes de la ciudad de Montevideo, según
resoluciones del Poder Ejecutivo Nº 590 del 2 de abril de 1974 y 1280 del
7 de agosto de 1975;
II) que se ha identificado en forma incorrecta en el numeral 2 y 3 del
cuerpo resolutivo de la Resolución Nº 1.337/997 del Poder Ejecutivo, el
padrón en mayor área Nº 3.196, fracción "A", cuando en realidad, se
corresponde con el padrón en mayor área Nº 3.916, fracción "A";
CONSIDERANDO: I) que corresponde ajustar la resolución a la realidad
gráfica individualizando correctamente los números de padrones afectados
por la calidad de Monumento Histórico del inmueble referido en el cuerpo
de la presente;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en la Ley 14.040 del
20 de octubre de 1971, Decreto Reglamentario Nº 536 del 1 de agosto de
1972;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
COMUNIQUESE al Registro de la Propiedad Inmueble de Montevideo, al
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la Administración Nacional
de Educación Pública (ANEP), a la Intendencia Municipal de Montevideo, a
la Junta Departamental de Montevideo, a la Dirección General del Catastro
Nacional, a los propietarios y a la Comisión del Patrimonio Cultural de
la Nación;