EMBALSAMIENTO DE AGUAS DE CAÑADA TRIBUTARIA DEL ARROYO SAN ANTONIO GRANDE. SALTO. ACRIRAL S.A




Promulgación: 27/08/2008
Publicación: 11/09/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 739

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 El no cumplimiento de las obligaciones establecidas precedentemente será
motivo de revocación o de no renovación de la concesión, sin perjuicio de
la aplicación de las sanciones dispuestas en el Art. 251 de la ley N°
16.320, Decreto 123/99 y el Art. 26 de la ley N° 16.858.
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