Visto: la solicitud del Diario Oficial tendiente a que se rectifique
el artículo 1º de la resolución de fecha 5 de noviembre de 1986 por la
cual se fijaron el costo de impresión y las tarifas del Diario Oficial.
Resultando: el citado Organismo señala que corresponde fijar el costo
de impresión de la página del Diario Oficial por parte de la Imprenta
Nacional en la suma de N$ 2.241,50 (nuevos pesos dos mil doscientos
cuarenta y uno con 50/100), según surge del ajuste remitido por la
precitada Institución.
Considerando: que corresponde decidir en consecuencia.
Atento: a lo antes expuesto y a lo informado por el Diario Oficial,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Comuníquese a la Imprenta Nacional y al Diario Oficial y pase a la
Contaduría Central del Ministerio de Educación y Cultura para su
conocimiento. Cumplido, vuelva al Diario Oficial para su archivo