INHABILITACION A TAYM S.A. PARA PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE MONTEVIDEO. RESOLUCION ANP N° 646/6.4001




Promulgación: 15/11/2019
Publicación: 28/11/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: estos antecedentes relacionados con la inhabilitación de la firma TAYM S.A., como empresa operadora de servicios portuarios y por consiguiente su correspondiente anotación en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios. 

   RESULTANDO: I) Que la firma TAYM S.A., fue habilitada para prestar servicios en el Grupo "Al Buque" en la categoría: "Recolección de basuras y residuos", en el Puerto de Montevideo, mediante Resolución del Poder Ejecutivo N° 208/011 de fecha 28 de abril de 2011. 

   II) Que con fecha 20 de marzo de 2017, ante solicitud de la propia empresa, la misma fue suspendida, en el marco del Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992. 

   III) Que en consecuencia, dado el tiempo transcurrido, la precitada Administración, a través de la Resolución de su Directorio N° 646/4.001 de fecha 25 de setiembre de 2019, procedió a inhabilitar a la empresa TAYM S.A., supeditado ello a la aprobación del Poder Ejecutivo. 

   IV) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo) y el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas indican que no existen obstáculos de índole jurídico para la inhabilitación promovida, por lo que procede dictar resolución aprobando lo actuado por el citado Servicio Descentralizado.

   CONSIDERANDO: los informes precedentes. 

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 16.246 de fecha 8 de abril de 1992 y por el Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992. 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                                RESUELVE:

1

   Apruébase la Resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos N° 646/4.001 de fecha 25 de setiembre de 2019, por la cual se inhabilita a la firma TAYM S.A., para prestar servicios portuarios en el Grupo "Al Buque" en la categoría: "Recolección de basuras y residuos", en el Puerto de Montevideo, y por consiguiente su correspondiente anotación en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios. 

2

   Comuníquese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos, para notificar al interesado y demás efectos.

   TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI
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