ADJUDICACION DE PREMIOS ANUALES DE LITERATURA. PERIODO 1987




Promulgación: 06/12/1988
Publicación: 21/12/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

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   La erogación resultante por concepto de los premios otorgados se atenderá con cargo al Rubro 7, Renglón 779 de los fondos provenientes de la aplicación del artículo 244 del decreto ley 14.189, librándose los cheques correspondientes con cargo a la Cuenta N° 33.197-820, del Banco 
de la República Oriental del Uruguay.
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