Autorízase a la CAJA DE AUXILIO PARA LOS FUNCIONARIOS DE UTE Y ANTEL
(COMPLEJO TURISTICO TERMAL CAUTE-ANTEL) a usufructuar las exoneraciones
previstas en el artículo 3o. Inciso 1o. del Decreto 291/995 (otorgamiento
de un crédito por Impuesto al Valor Agregado en la adquisición de bienes y
servicios en plaza) por hasta la suma de U$S 447.543. (*)