VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC), por la cual solicita la revocación a la
autorización otorgada por la Resolución del Poder Ejecutivo 1454/000 de
12 de diciembre de 2000, al señor Elías Dacio Caltieri Araújo,
permisionario de la estación radiodifusora que opera en la frecuencia
102.7 Mhz., de la ciudad de Durazno.-
RESULTANDO: I) que por la mencionada Resolución se autorizó al mencionado
permisionario a operar con una potencia efectiva radiada (P.E.R.) de 5 Kw
y una altura media de antena (H.M.A.) de 75 metros, o parámetros
equivalentes.-
II) que por la Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones 128/01 de 6 de setiembre de 2001, se intimó al
permisionario a efectivizar el aumento de potencia autorizado en un plazo
de 30 días corridos, bajo apercibimiento de promover su revocación.-
CONSIDERANDO: que habiendo vencido el plazo otorgado, la emisora no se
encuentra operando de acuerdo a los parámetros autorizados, por lo que
corresponde en la instancia revocar dicha autorización.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296
de 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Revócase la autorización de aumento de potencia, concedida por la
Resolución del Poder Ejecutivo 1454/000 de 12 de diciembre de 2000, al
señor Elías Dacio Caltieri Araújo, permisionario de la estación
radiodifusora que opera en la frecuencia 102.7 Mhz., de la ciudad de
Durazno, departamento de Durazno.-