Visto: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Impresiones y
Publicaciones Oficiales, Programa 002, Unidad Ejecutora 002, Inciso 11,
Ministerio de Educación, solicitando la aprobación de las tarifas del
costo de página y publicación del Diario Oficial que deberán regir a
partir del día de la notificación de la presente resolución;
Resultando: I) que de acuerdo con lo dispuesto en el art. 373 de la
Ley Nº 15.809 del 8 de abril de 1986 y el art. 332 de la Ley Nº 16.170
procede la modificación de las tarifas a aplicar a fin de ajustarlas a los
costos actuales;
II) que la Dirección Nacional de IMPO propone, en función de lo antedicho
las tarifas a regir desde el 1º de agosto de 1993;
III) que no existen objeciones contables que se opongan a lo solicitado;
Considerando: que corresponde resolver en consecuencia;
Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la
Contaduría Central del Ministerio de Educación y Cultura, lo dispuesto en
el art. 332 de la Ley Nº 16.170 y a las atribuciones delegadas
establecidas en el título VII de la resolución 13/93;
El Ministro de Educación y Cultura, en ejercicio de las atribuciones
delegadas;
RESUELVE:
Fíjanse los siguientes precios para el pago de los trabajos de impresión
por página del Diario Oficial, por parte de la Dirección Nacional de
Impresiones y Publicaciones Oficiales, los que regirán a partir del 1º de
agosto de 1993: Costo de la Página $ 166.00 (Pesos ciento sesenta y
seis).
Fíjanse las siguientes tarifas para la publicación de Avisos, Edictos
Judiciales, Pago de Suscripciones, Precios de Venta de Ejemplares, etc.
que realice la Dirección del Diario Oficial a partir del día siguiente de
la publicación de la presente resolución y hasta la fijación de nuevas
tarifas;
- Avisos Judiciales por cada publicación $ 6.00
(el centímetro, 20 palabras)
- Avisos Estatales y Particulares $ 14.30
(el centímetro, 20 palabras)
- Balances, por cada línea, medida 14
cíceros o equivalente $ 9.60
- Estatutos y reformas de Sociedades Anónimas
y Sociedades de Responsabilidad Limitada
el centímetro $ 82.20
- Edicto Matrimonio $ 42.30
PUBLICACIONES BONIFICADAS
Estatutos de Cooperativas: 50% sobre tarifas de Sociedades Anónimas.
Propiedad Literaria y Artística: 50% sobre tarifas de avisos
particulares.
Patentes de Invención: 25% sobre tarifas de avisos particulares.
PUBLICACIONES GRATUITAS
Pérdida de Patria Potestad, Ley Nº 13.209, art. 2º.
Bien de Familia: Ley 15.597 artículo 16.
Rectificación de partidas: Ley 16.170 artículo 340.
SUSCRIPCIONES Y EJEMPLARES
Retirando los ejemplares en IMPO o
en agencias por cuatrimestre $ 432.00
Reparto a domicilio por cuatrimestre $ 540.00
Reparto al Interior (Agencia) $ 486.00
Exterior por Correo, el cuatrimestre $ 1.080.00
Ejemplares del día $ 5.30
Ejemplares atrasados $ 7.30
Atrasados más de 15 días $ 8.80
Atrasados más de un año $ 17.60
Fotocopia de la página $ 3.0 (*)
Comuníquese a la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones
Oficiales, publíquese y pase a la Contaduría Central del Ministerio de
Educación y Cultura para su conocimiento. Cumplido, archívese. (*)