Autorízase a las empresas ODALER S.A., MENIREY S.A., FALARIS S.A.,
FEROSAN S.A., ALJUGA S.A. Y ALMIRE S.A. (Complejo Turístico SHOPPING DE
SERVICIOS Y RECREACION PARQUE ROOSEVELT), a usufructuar las exoneraciones
previstas en el artículo 3o. Inciso 1o. del Decreto 291/995 (otorgamiento
de un crédito por Impuesto al Valor Agregado en la adquisición de bienes y
servicios en plaza) por hasta la suma de U$S 25.196.000, que será
aplicable de la siguiente manera: U$S 9.114.000 a los ejercicios fiscales
comprendidos entre el 1o/01/97 y el 31/12/98 y U$S 16.082.000 a los
ejercicios fiscales comprendidos entre el 1o./01/99 y el 30/06/2000. (*)