VISTO: Estos antecedentes relacionados con la aprobación de la
delimitación del Recinto Portuario del Puerto de Colonia.
RESULTANDO: I) Que la Administración Nacional de Puertos solicitó a la
Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, la delimitación y confección de un plano definitivo de todo el
perímetro portuario del Puerto de Colonia.
II) Que en ese sentido, la citada Unidad Ejecutora procedió conforme a lo
establecido en el Artículo 5to. de la Ley 16.246 de 8 de abril de 1992, a
confeccionar el correspondiente Plano de Mensura, identificado con el
Número 17.607 de ANP, de diciembre de 2006, que se adjunta, elaborado por
el Ing. Agrim. Agustín Pintos Artigas, con el agregado solicitado por la
Gerencia de Puerto de Colonia que luce en formato papel y electrónico, y
que resulta glosado en obrados.
III) Que por Resolución del Directorio de la ANP de fecha 13 de julio de
2007, se aprobó la ampliación de la delimitación del Recinto Portuario del
Puerto de Colonia, ubicado en la Sección Catastral Colonia de ese
Departamento, conforme al plano de mensura referido en el numeral
anterior, y que comprende los Padrones Números 1.669 (p), 1.670 (p), 1.671
(p), 7.030 (p) y 1.085 (p), 1.671 (p) y 7.030 (p) que cuenta con un Area
Marítima álveo de 52 hectáreas 5.654 mc. y un Area Terrestre de 7
hectáreas 103 mc., siendo el área total de la delimitación del Recinto
Portuario Proyectado de 59 hectáreas 5.757 mc.
CONSIDERANDO: Que la Asesoría Técnica (Area Jurídica) de la Dirección
Nacional de Topografía, se expide sin observaciones, indicando que
corresponde que el Poder Ejecutivo apruebe la delimitación del citado
recinto.
ATENTO: A lo dispuesto por el Artículo 5 de la Ley 16.246 de fecha 8 de
abril de 1992 y los Artículos 7 y 8 del Decreto 412/992 de fecha 1o. de
setiembre de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Apruébase la ampliación de la delimitación del recinto Portuario de
Colonia según Plano de Mensura de la Dirección Nacional de Topografía, del
Ing. Agrimensor Agustín Pintos Artigas identificado con el Nº 17.607 de
A.N.P. de diciembre de 2006 adjunto en autos, ubicado en la Sección
Catastral Colonia de ese Departamento y comprende los padrones Nos. 1.669
(p), 1.670, 1.671 (p), 1.085 (p), 7.030 (p), 1.671 (p) y 7.030 (p) que
cuenta con un Area Marítima álveo de 52 hectáreas 5.654 mc. y un Area
Terrestre de 7 hectáreas 103 mc., correspondiendo un área total de la
delimitación del Recinto Portuario de 59 hectáreas 5.757 mc.
Dispónese que del antecedente gráfico relacionado en el numeral anterior,
el deslinde será el siguiente: Al Noroeste, partiendo del Padrón 1.669 (p)
tramo recto de 139m80, tramo recto de 21m26, tramo recto de 111m96, cruza
la calle Avda. Roosevelt con tramo recto de 14m65, lindando con el Padrón
1.085 (p), tramo recto de 79m50, tramo recto de 127m37, al llegar a calle
V. García en traza de orientación N - S, tramo recto de 1m76, toma tramo
recto de 178m39 en orientación E - W, luego tramo recto de 32m25 en
orientación N - S, continúa con tramo recto de 19m78, tramo recto de 18m32
en orientación E - W hasta tramo recto de 55m16, tramo recto de 32m44,
tramo recto de 81m70, tramo recto de 9m12, tramo recto de 65m73, tramo
recto de 48m16, tramo recto de 10m40 de orientación S - N, tramo recto de
13m00 y llega al punto 47 de portón de acceso, tramo recto de 13m31, luego
punto 46 traza de orientación S - N, tramo recto de 56m74 hacia punto 45,
tramo recto de 277m03 hacia punto 44, tramo recto de 50m00 hacia punto 43,
luego toma zona marítima con dirección S, tramo recto de 550m00, hasta
extremo en escollera de abrigo, tramo recto de 294m50 hasta tramo curvo de
desarrollo 73m55, continua zona marítima en tramo recto de 305m10 por
fuera de escollera de abrigo en tramo recto de 426m90 y toma orientación S
- N, en tramo recto de 523m40 hasta línea de ribera, para cerrar con traza
en zona terrestre Padrón 1.669 (p) tramo recto de 53m81.