DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL EL TRAZADO URBANO Y ESPACIOS PUBLICOS DEL "BALNEARIO LAGOMAR", CIUDAD DE LA COSTA, CANELONES




Promulgación: 17/03/2023
Publicación: 23/03/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: La gestión promovida por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para que sea declarado Monumento Histórico Nacional el trazado urbano original del "Balneario Lagomar", ubicado en la localidad catastral Ciudad de la Costa, departamento de Canelones, proyectado en el año 1952 por el reconocido arquitecto uruguayo Román Fresnedo Siri;

   RESULTANDO: I) que el trazado urbano original del "Balneario Lagomar", en base a la proyección del referido arquitecto, según el plano de mensura levantado por el Agrimensor Carlos Hughes de octubre de 1953, inscripto con el número 7540 el 5 de enero de 1953, estaba comprendido entre las calles continuación Avenida Italia al Noroeste, Río de Janeiro al Suroeste, Rambla Costanera (Carrasco -Punta del Este) al Sureste y la línea definida, partiendo de la costa con dirección Sureste Noroeste, por la calle Biarritz y a continuación, línea media de las manzanas limítrofes con el balneario "El Bosque", ubicada entre la Rambla Costanera y la continuación Avenida Italia;

   II) que la propuesta incluía superficies destinadas a solares, ensanche de Avenida Italia, lago, plazuelas, playa, calles y ochavas y la rambla costanera;

   III) que se destaca la superficie de 2 hectáreas y 9380 metros cuadrados destinada al lago, para aprovechar la zona de bañados y generar un espacio que diferenciara a la zona de otros balnearios, con un pequeño lago e isla al medio, donde se pudieran realizar actividades acuáticas;

   IV) que el Arquitecto Román Fresnedo Siri, además de su sobresaliente obra arquitectónica, ha realizado propuestas urbanas de diferente escala, que incluyen desde planes de ordenamiento del crecimiento de la ciudad, proyectos de ciudades industriales y grandes monumentos;

   V) que en esta propuesta para el "Balneario Lagomar" el arquitecto recurre a planteos de corte pintoresquista, donde confluyen arquitectura y paisajes en el marco de un entorno parquizado, destacando la urbanización por su trazado sinuoso, con profusión de espacios públicos que lo distinguen de los barrios vecinos;

   CONSIDERANDO: I) que desde su creación en 1953, el "Balneario Lagomar" ha visto incrementada su población estable, lo que ha generado la instalación de establecimientos cívicos, comerciales, educativos, recreativos, deportivos y un gran dinamismo en la zona;

   II) que el trazado del balneario es de los pocos que presenta una importante reflexión proyectual específica sobre estos nuevos hábitats que comienzan a desearse en la quinta década del S.XX y que amerita preservar como valor patrimonial;

   ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto en la Ley N° 14.040 del 20 de octubre de 1971, sus modificativas, concordantes y complementarias, el Decreto N° 536/72 de 1° de agosto de 1972, el literal b) del numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 409/006 de 1° de junio de 2006 y a lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura;

                    EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
                - en ejercicio de atribuciones delegadas -

                                RESUELVE:

1

   Declárase Monumento Histórico Nacional el trazado urbano y los espacios públicos del "Balneario Lagomar" de la localidad catastral Ciudad de la Costa, departamento de Canelones, comprendidos entre la actual Avenida Luis Giannattasio, la calle Río de Janeiro, Rambla Costanera y la calle Mar del Plata.

2

   Comuníquese al Registro de la Propiedad Inmueble de Ciudad de la Costa, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Catastro de Canelones, a la Intendencia de Canelones, a la Junta Departamental de Canelones y al Municipio de Ciudad de la Costa.

3

   Publíquese en el Diario Oficial.

4

   Pase a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura a todos los efectos que puedan corresponder.

   PABLO DA SILVEIRA
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