VISTO: la solicitud de la empresa DANCOTEX S.A., tendiente a que se
amplíe la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 19 de agosto de 1998,
por la que se declaró de Interés Nacional la actividad de su proyecto de
inversión;
RESULTANDO: la empresa manifiesta la necesidad de complementar el
proyecto original con inversiones adicionales que consolidan los
objetivos productivos y comerciales del mismo;
CONSIDERANDO: la Dirección Nacional de Industrias, del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12 de la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto, y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del
28 de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 19 de agosto de
1998, por la que se declaró de Interés Nacional la actividad del proyecto
de inversión de la empresa DANCOTEX S.A. en el sentido de incluir: 1 (un)
sistema computarizado Ordomat 2-C, 1 (un) urdidor Suzuki Nas Super 130S,
1 (una) máquina discontinua para lavar y secar, 1 (un) urdidor seccional
de alto rendimiento, 1 (una) fileta de 18 posiciones con enhebrado
automático, 1 (un) yarntester tipo "RFT 6F/18b"/robot testador de hilos
automático, 1 (un) sirotester tipo "RIL"; dentro del listado de
equipamiento exonerado en su numeral 2º., declarado "no competitivo de la
industria nacional".