Visto: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional
de Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por el señor Jorge
Nelson Mullins Santandreu, en representación de "Corporación de
Publicidad S.A.", permisionaria de CX 8 "RADIO SARANDI", en la que opera
la frecuencia 690 Khz de la ciudad de Montevideo, para que se le autorice
aumentar el régimen de potencia de dicha emisora.
Resultando: I) que la referida emisora opera actualmente con una
potencia de 20 Kws en servicio diurno y de 10 Kws en servicio nocturno.
II) que la gestión se fundamenta en la circunstancia de que las
condiciones de recepción se han deteriorado sensiblemente en los últimos
años, en razón del aumento de potencia de las emisoras extranjeras,
aumento de los niveles de ruido en las ciudades del interior y disminución
de la sensibilidad efectiva de los receptores.
III) que por el Acuerdo Americano de Radiodifusión - Río de Janeiro,
1981 - la frecuencia 690 Khz fue asignada a las Administraciones de
Argentina, Brasil y Uruguay.
Considerando: I) que resulta beneficioso para nuestro país tener
difusoras con el máximo de potencia para la mejor defensa del espectro
radioeléctrico nacional.
II) que de lo informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones surge
la posibilidad de cambiar la potencia de la citada estación a 25 Kws en
servicio diurno y 12,5 Kws en servicio nocturno.
Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por el Decreto Ley
15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción sustitutiva dada por la
Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991, artículo 17 del Decreto 734/978 de
20 de diciembre de 1978 y a lo informado por la Dirección Nacional de
Comunicaciones.
El Presidente de la República,
RESUELVE:
Autorízase a "Corporación de Publicidad S.A." permisionaria de CX 8
"RADIO SARANDI" en la que opera la frecuencia 690 Khz de la ciudad de
Montevideo un aumento de potencia a 25 Kws en servicio diurno y 12,5 Kws
en servicio nocturno.
Establécese que si en la práctica se produjeran interferencias
perjudiciales a otras estaciones ya instaladas, dicha emisora deberá
disminuir la potencia a la actual y tomar las medidas necesarias para
eliminarlas, solicitando la inspección correspondiente.