RENOVACION DE LOS PRESTAMOS QUE ANCAP MANTIENE CON EL BROU Y EL BANCO BLADEX




Promulgación: 08/02/2013
Publicación: 25/02/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 312
VISTO: la solicitud promovida por la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP) a efectos de la renovación de los
préstamos tomados con el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU)
y el Banco Bladex y la toma de un nuevo préstamo para la importación de
crudo con esta última entidad, para atender las necesidades de capital de
trabajo del ente.-

RESULTANDO: I) que las referidas renovaciones se realizarán de acuerdo a
las siguientes condiciones: el préstamo con el Banco de la República
Oriental del Uruguay (BROU) se renovará por la suma de U$S 75:000.000
(setenta y cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América),
por el plazo de un año; el préstamo con el Banco Bladex se renovará por la
suma de U$S 80:000.000 (ochenta millones de dólares de los Estados Unidos
de América), por el plazo de un año; el préstamo con el Banco Bladex en
concepto de financiación de la importación de crudo se tomará por un monto
U$S 70:000.000 (setenta millones de dólares de loas Estados Unidos de
América), con plazo de un año.-

II) que la Asesoría Macroeconómica y la Unidad de Gestión de Deuda Pública
del Ministerio de Economía y Finanzas no han formulados objeciones a la
renovación de préstamos y toma de nuevo préstamo solicitados por la
Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP).-

CONSIDERANDO: que corresponde acceder a la solicitud del ente referido a
efectos de atender las necesidades de capital de trabajo y el
financiamiento de sus importaciones de crudo.-

ATENTO: el artículo 267 de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de 2011, en
la redacción dada por el artículo 337 de la Ley N° 18.996, de 7 de
noviembre de 2012.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Confiérese autorización a la Administración Nacional de Combustibles,
Alcohol y Portland para renovar los préstamos que actualmente mantiene con
el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) y el Banco Bladex, y
la toma de un nuevo préstamo con esta última entidad, en los términos
referidos en la presente resolución.-

2

 Dese cuenta a la Asamblea General dentro de los treinta días de
aprobados.-

3

 Comuníquese, publíquese y archívese.-

JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN
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