PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. JOCKEY CLUB DE MONTEVIDEO




Promulgación: 28/08/1998
Publicación: 04/09/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   VISTO: La solicitud efectuada por el Jockey Club de Montevideo, a fin
de que se extienda el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco
de Previsión Social a 42 (cuarenta y dos) de sus empleados.

   RESULTANDO: I) Que debido a la notoria y grave crisis que afecta al
Jockey Club de Montevideo, se ha suspendido transitoriamente la
organización de la actividad turfística en el Hipódromo de Maroñas.

   II) Que dicha medida, provocó una angustiosa situación para todos los
trabajadores que directa o indirectamente dependen de esta actividad, y
cuya solución lamentablemente no se ha alcanzado aún, sin perjuicio, que,
en la órbita parlamentaria, el proyecto que tiende a solucionar
integralmente la temática del Hipódromo de Maroñas contiene al momento la
sanción del Senado.

   CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2 del Artículo 10 del Decreto-Ley 15.180.


   II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de
trabajo que proporciona la institución, pues, de no concederse la presente  prórroga del Seguro de Desempleo, estaríamos frente a un problema social de muy difícil reparación, considerando no solo la trascendencia que la actividad tiene para la zona de Maroñas, sino también la repercusión que
el principal hipódromo del país tiene respecto a todo el turf y elevage
nacional.

   III) Que en tal sentido, resulta conveniente conceder una extensión del
amparo al Seguro por Desempleo a efectos de otorgar un plazo prudencial,
mientras el proyecto de ley mencionado culmine todos los trámites de rigor
parlamentario.

   ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el Artículo
10 del Decreto-Ley 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                       EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE:

1

   Extiéndase por el plazo de 90 (noventa) días, a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por Desempleo
que otorga el Banco de Previsión Social, a los 42 (cuarenta y dos)
trabajadores del Jockey Club de Montevideo, que se encuentren en
condiciones legales de acceder al mismo. 

2

   COMUNIQUESE, publíquese, etc. 


SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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