PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. CALPROSE




Promulgación: 18/08/1999
Publicación: 27/08/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El planteo realizado por la Cooperativa Agraria de Responsabilidad
Suplementada de Productores de Semillas CALPROSE (Tarariras -
Departamento de Colonia), solicitando del Poder Ejecutivo una prórroga de
Seguro por Desempleo para 12 (doce) de sus trabajadores.

RESULTANDO: I) Que la citada empresa agroindustrial, se vio obligada a
decrecer su producción en virtud de serias dificultades para la
colocación de sus productos, por factores coyunturales ajenos a su
producción, que han afectado a la generalidad del sector.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.

II) Que resulta de interés general mantener una importante fuente de
trabajo y producción, a efectos de permitir a la empresa seguir
instrumentando las medidas tendientes a su reactivación, reincorporación
del personal, y evitar, de esa forma, la pérdida de la fuente de trabajo
de su personal especializado, considerando especialmente la trascendencia
que la cooperativa tiene para el Departamento de Colonia.

ATENTO: A lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el Artículo 10
del Decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE

1

 Extiéndase por el plazo de 90 (noventa) días, a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a 12 (doce)
trabajadores de CALPROSE, que se encuentren en condiciones legales de
acceder al mismo.

2

 COMUNIQUESE, publíquese, etc. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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