VISTO: estos antecedentes relacionados con la inhabilitación de la empresa
LILIAN MARTINEZ TUDISCO como Empresa Operadora de Servicios Portuarios y
su anotación en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios.
RESULTANDO: que la Administración Nacional de Puertos dispuso, según
Resolución de Directorio Nº 311/3.494 de 26 de mayo de 2009, la referida
inhabilitación, suspendida en sus actividades a pedido de la interesada a
partir del 20 de enero de 2009.
CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General
de Transporte Fluvial y Marítimo) y la División Servicios Jurídicos
(Departamento Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas se
expiden sin observaciones a lo actuado, aconsejando la aprobación del
Poder Ejecutivo del acto administrativo de que se trata.
ATENTO: a lo dispuesto por la Ley Nº 16.246 de 8 de abril de 1992 y
Decreto Nº 413/992 de 1º de setiembre de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Apruébase la inhabilitación de la empresa LILIAN MARTINEZ TUDISCO como
Empresa Operadora de Servicios Portuarios y su anotación en el Registro
General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, dispuesta por
Resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos Nº
311/3.494 de 26 de mayo de 2009. (*)