AUTORIZACION A DISNASOL S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE MONTEVIDEO Y COLONIA




Promulgación: 24/07/1996
Publicación: 09/08/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 111
  Visto: la gestión promovida por la empresa DISNASOL S.A. ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para que se le extienda la habilitación para prestar
Servicios al Buque en la categoría "Amarre y Desamarre", en los Puertos
de Montevideo y Colonia, con posterior inscripción en los Subregistros
de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios correspondientes.

  Resultando: I) Que la firma DISNASOL S.A. fue habilitada con
anterioridad para prestar servicios portuarios al pasaje en la categoría:
"Embarque y Desembarque", en los Puertos de Montevideo y Colonia y en
esta oportunidad dicha empresa solicita se amplíe la habilitación para
prestar servicios en la categoría y Puertos antes mencionados.

II) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo establecido en
los Artículos 14 y 15 del Decreto Nº 412/992 "Reglamento de la Ley de
Puertos" y Artículos 14, 17 y 18 del Decreto Nº 413/992 "Reglamento de
Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios" de fecha
1º de setiembre de 1992.

III) Que la Administración Nacional de Puertos, por resolución Nº
736/2965 de fecha 24 de junio de 1996, habilita -supeditada a la
aprobación del Poder Ejecutivo- a la referida empresa para la prestación
de los servicios solicitados y remite al Ministerio de Transporte y Obras
Públicas las actuaciones generadas en dicho Organismo, consistentes en la
intervención de su Unidad de Contralor de Prestación de Servicios
Portuarios, la cual controló la documentación aportada por la interesada,
en cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos
que se exigen reglamentariamente para la habilitación en cuestión, no
formulándose objeciones.

IV) Que la referida Secretaría de Estado, por intermedio de su Asesoría
Técnica en Asuntos Portuarios, es conteste con el criterio manifestado
precedentemente.

  Atento: a lo dispuesto en la Ley Nº 16.246 del 8 de abril de 1992, y
Decreto Reglamentario Nº 413/92 del 1º de setiembre de 1992, Artículos 14,
17 y 18.

                     El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

   Apruébase la habilitación otorgada por la Administración Nacional de
Puertos a la empresa DISNASOL S.A., para prestar Servicios al Buque en la
categoría "Amarre y Desamarre", en los Puertos de Montevideo y Colonia,
así como oportunamente proceder a la inscripción de la misma en los
Subregistros de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios
correspondientes, una vez cumplidos todos los requisitos previstos en el
Decreto Nº 413/992 del 1º de setiembre de 1992.

2

   Comuníquese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos a sus
efectos.

SANGUINETTI - LUCIO CACERES
Ayuda