VISTO: la gestión promovida por la empresa Novatech S.A. (Varadero y
Astillero del Cerro);
RESULTANDO: que por la misma solicita el otorgamiento de las
exoneraciones de gravámenes contempladas por el Decreto-Ley 15.657 de 25
de octubre de 1984 (astilleros, varaderos y diques);
CONSIDERANDO: I) que recabada la opinión de la Prefectura Nacional Naval,
la misma expresa que la empresa gestionante se halla inscripta en la
Dirección Registral y de Marina Mercante, no encontrándose comprendida en
las hipótesis contempladas por los lits. A, B y C del art. 5º del
precitado Decreto-Ley 15.657;
II) que la Dirección Nacional de Industrias, por su parte, no encuentra
impedimento que obste al amparo de la presente gestión;
ATENTO: a lo expuesto, y lo informado por la Asesoría Jurídica;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
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Otórgase a la empresa Novatech S.A. (Varadero y Astillero del Cerro) las
exoneraciones de gravámenes contemplados por el Decreto-Ley 15.657 de 25
de octubre de 1984.