CONVALIDACION SERVICIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE. CODET




Promulgación: 24/07/1996
Publicación: 09/08/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 112

3

   El referido servicio quedará sometido a las disposiciones vigentes y
que se dicten en el futuro, sobre el transporte nacional de pasajeros por
carretera, debiendo tener sus horarios y frecuencias la previa
autorización de la Dirección Nacional de Transporte. Las respectivas
tarifas deberán ser aprobadas por el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas (artículo 5 Decreto 116/993)
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