PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. MERCEDES RIVITZ




Promulgación: 28/06/2000
Publicación: 06/07/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de la empresa MERCEDES RIVITZ, a fin de que se
extienda el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de
Previsión Social a 10 (diez), de sus trabajadores.

RESULTANDO: Que la caída de la exportación por problemas conyunturales
con países vecinos, ha determinado el cierre parcial y temporario de las
operaciones de producción y el envío del personal al Seguro por
Desempleo.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de
trabajo que proporciona la empresa, teniendo presente que posee
tecnología, de avanzada y con el personal especializado que se perdería
si no se prorrogara el Seguro por Desempleo.

III) En tal sentido, resulta conveniente conceder una extensión del
amparo al Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa seguir
instrumentando las medidas necesarias a efectos de mantener la fuente de
trabajo a dicho personal especializada.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE

1

 Extiéndase por el plazo de noventa días (90), y a contar desde los
respectivos vencimientos, el beneficio del Seguro por Desempleo que
otorga el Banco de Previsión Social, a 10 (diez), trabajadores de la
firma MERCEDES RIVITZ que se encuentren en condiciones legales de acceder
a la misma. 

2

 El monto del subsidio que por esta Resolución se concede, se calculará
conforme a lo preceptuado en el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180 de
20 de agosto de 1981. 

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc. 

BATLLE - ALVARO ALONSO
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