Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de la empresa CX 50 INDEPENDENCIA 1530 AM. a fin de
que se le otorgue el beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el Banco
de Previsión Social, a 3 (tres) de sus trabajadores.
RESULTANDO: Que la caída de la actividad en la Empresa, ha determinado el
envío del personal de la misma al Seguro por Desempleo.
CONSIDERANDO: Que la presente prórroga se encuentra dentro de los plazos
estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto Ley Nº 15.180.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
AMPLIASE por el plazo de 60 (sesenta) días, el beneficio del Seguro por
Desempleo que concede el Banco de Previsión Social a 3 (tres) trabajadores
de la firma CX 50 INDEPENDENCIA 1530 AM. que se encuentran en condiciones
legales de acceder al mismo.
El monto del Subsidio, que por esta Resolución se concede, se liquidará
de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180,
de 20 de agosto de 1981.