FIJACION DEL CAPITAL MINIMO AUTORIZADO PARA SOCIEDADES ANONIMAS




Promulgación: 18/02/1987
Publicación: 31/03/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 160

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    Las Sociedades Anónimas en formación que al 1º de enero de 1987 no
hubieran obtenido la autorización para funcionar, deberán adecuar sus
disposiciones estatutarias al nuevo capital autorizado mínimo y
complementar los porcentajes de suscripción e integración de capital.
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